Punto 6

Ocupación de plazas

1.- Requisitos y documentación necesaria para la ocupación de plazas en cualquiera de las Residencias:

1.1- Estar jubilado o prejubilado con una edad mínima de 55 años, así como tener la antigüedad requerida: Válidos 5 años, Asistidos 10 años.

1.2 – Fotocopia del D.N.I., Tarjeta Sanitaria y póliza de decesos o en su lugar depósito en metálico que cubra los gastos del sepelio.

1.3 – Certificado de la pensión/es que se preciben.

1.4 – Certificado médico en el que conste expresamente el no padecer enfermedades infectocontagiosas o mentales y capacidad para valerse por sí mismo (en caso de válidos), tanto para residentes como para usuarios de los apartamentos tutelados.

1.5 – Historial médico detallado y, en caso de residentes asistidos, certificado detallando el grado o nivel de asistencia necesaria.

1.6 – Contrato de Admisión formalizado entre Residente y Asociación, garantizando tanto los derechos como las obligaciones de ambas partes.

1.7 – Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España durante al menos cinco años (Ley de Dependencia).

1.8 – Los residentes abonarán por domiciliación bancaria, mensualmente y por anticipado, los gastos por estancia establecidos anualmente por el Consejo de Administración.

2.- Requisitos para el disfrute de Estancias Temporales en las plazas de Residencias, La Pinada o Módulo III:

2.1 – Ser socio con cualquier antigüedad.

2.2 – No padecer enfermedad infectocontagiosa ni mental y estar en condición de válido.

2.3 – En caso de matrimonio o pareja de hecho, se deberá presentar documentación que acredite dicha situación.